La futura regulación contra el blanqueo ecológico: beneficios para consumidores y empresas

Fecha

“Blanqueo ecológico” o “Greenwashing”,es la expresión de moda que estamos escuchando y leyendo en relación con todos los ámbitos y por parte de todos los grupos de interés (administración, industria y consumidores).

El gran interés alrededor de esta expresión debemos asociarlo con todas las iniciativas y políticas lanzadas por la Unión Europea, y también en el resto del mundo, sobre la sostenibilidad, economía circular y por cómo se nos comunica el impacto que sobre el medio ambiente tienen los distintos productos y servicios que se ponen a nuestra disposición como consumidores”, según apunta José María Ferrer, responsable de Asuntos Regulatorios Alimentarios y Formación de AINIA.

De acuerdo con la Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la justificación y comunicación de alegaciones medioambientales explícitas (Directiva sobre alegaciones ecológicas) el “blanqueo ecológico” o “Greenwashing” consiste en la práctica en hacer alegaciones medioambientales poco claras o fundamentadas. Se trata de cualquier mensaje o representación que no sea obligatorio con arreglo al Derecho de la Unión o al Derecho nacional, incluida la representación textual, pictórica, gráfica o simbólica, en cualquier forma, incluidas las etiquetas, las marcas comerciales, los nombres de empresas o los nombres de productos, en el contexto de una comunicación comercial, que indique o implique que un producto o un comerciante tiene un impacto positivo o nulo enel medio ambiente, es menos perjudicial para el medio ambiente que otros productos o comerciantes, respectivamente, o ha mejorado su impacto a lo largo del tiempo.

Según Ainia, la propuesta de la Directiva sobre declaraciones ambientalesse centra en tres puntos clave: aumentar el nivel de protección del medio ambiente y contribuir a acelerar la transición ecológica hacia una economía circular; proteger a los consumidores y a las empresas frente al blanqueo ecológico y contribuir a la toma de decisiones de compra con conocimiento de causa, y mejorar la seguridad jurídica, la igualdad de condiciones en el mercado interior e impulsar la competitividad.

Pero, ¿cómo asegurará la nueva legislación la fiabilidad y verificabilidad de las alegaciones medioambientales? Para Joseé María Ferrer, el elemento clave para lograr frenar el blanqueo ecológico pasa por la objetivación de los mensajes. Para ello, en la propuesta se introducen una serie de requisitos mínimos sobre la justificación y la comunicación de las alegaciones medioambientales, que quedan sujetas a una verificación de terceros.

Además de este elemento, para lograr la protección del medio ambiente, de los consumidores y una mayor seguridad jurídica para todos los operadores, la UE considera algunos indicadores que permitirán constatar si las medidas han tenido efecto. Estos indicadores de rendimiento se focalizan en medir los resultados sobre: si las alegaciones medioambientales sobre productos y empresas son fiables, comparables y verificables;

si los usuarios de la información confían en la información medioambiental; la mejora el comportamiento medioambiental de los productos y las organizaciones, y si se reducen los obstáculos a los mercados ecológicos.

Beneficios que aporta la legislación para prevenir el blanqueo ecológico

En el caso de los consumidores dispondrán de información medioambiental sobre los bienes de consumo que será fiable, comparable, verificable y de fácil acceso, según apunta el experto en derecho alimentario. Al disponer de información creíble y fiable, podrán tomar sus decisiones de compra con mayor conocimiento de causa y contribuirán a la transición ecológica además de prevenir el blanqueo ecológico.

Para AINIA, las empresas se benefician al lograr unas condiciones de competencia equitativas en materia de alegaciones ecológicas y refuerzan la credibilidad en los mensajes que trasladan al consumidor. Por otra parte, se impulsará la competitividad de los operadores que aumentan la sostenibilidad medioambiental de sus productos y actividades y una mayor demanda de estos.

Los beneficios para los consumidores y los operadores permiten, según Ferrer, reducir el riesgo de blanqueo ecológico y el de competencia desleal respectivamente.

Próximos pasos de esta iniciativa legislativa

El Parlamento Europeo aprobó la posición en primera lectura el pasado 12 de marzo de 2024, ahora hay que esperar el siguiente paso del Consejo, aunque “hemos de tener en cuenta las próximas elecciones al Parlamento Europeo por lo que es poco probable que se apruebe y publique en el DOUE hasta después del verano”, concluye Ferrer.

noticiasrelacionadas

27 febrero 2026

ASEBEC y el ITC avanzan en la introducción de la IA en la maquinaria cerámica

La Asociación Española de Fabricantes de Maquinaria y Bienes de Equipo para la Industria Cerámica (ASEBEC) y el Instituto de Tecnología Cerámica (ITC) siguen avanzando con paso firme para implantar…

27 febrero 2026

AIMPLAS advierte a las empresas de que deberán reportar las pérdidas de microplásticos antes del 31 de mayo

La Unión Europea ha dado un paso firme frente a la contaminación por microplásticos con medidas, que según han avanzado desde AIMPLAS, Instituto Tecnológico del Plástico, combinarán prohibiciones progresivas y…

25 febrero 2026

El ITC difunde su investigación disruptiva en Transfiere 2026

Varios miembros del Instituto de Tecnología Cerámica (ITC) se han desplazado en estos días a Málaga con el objetivo de participar en Transfiere 2026, un evento que ya se ha…

logo
Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.